¿CUANDO DEBEMOS DE PASAR LA ITV?
El artículo 6 del RD 2042/1994 del 14 de octubre, establece la frecuencia con la que se tiene que realizar la inspección técnica de los vehículos:
EXENTO
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BIENAL
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ANUAL
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SEMESTRAL
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Motocicletas |
Hasta 4 años de antigüedad.
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Más de 4 años de antigüedad
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Ciclomotores de dos ruedas. |
Hasta 3 años.
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Más de 3 años
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Vehículos de uso privadodedicados al transporte de personas, con capacidad hasta nueve plazas, incluido el conductor, autocaravanas y vehículos vivienda |
Hasta 4 años de antigüedad
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Más de 4 años de antigüedad
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Más de 10 años de antigüedad
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Vehículos de servicio públicodedicados al transporte de personas, incluido el transporte escolar, con o sin aparato taxímetro, con capacidad de hasta nueve plazas, incluido el conductor. |
Hasta 5 años de antigüedad
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Más de 5 años de antigüedad
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Vehículos dedicados al transporte de personas, incluido el transporte escolar y de menores, con capacidad para diez o más plazas, incluido el conductor. |
Hasta 5 años de antigüedad
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Más de 5 años de antigüedad
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Furgonetas y camiones dedicados al transporte de mercancías o cosas de masa máxima autorizada menor o igual a 3,5Tm. |
Hasta 2 años de antigüedad
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De 2 a 6 años de antigüedad
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De 6 a 10 años de antigüedad
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Más de 10 años de antigüedad
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Camiones dedicados al transporte de mercancías o cosas, de masa máxima autorizada mayor de 3,5Tm. |
Hasta 10 años de antigüedad
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Más de 10 años de antigüedad
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Vehículos de servicio de alquiler |
Hasta 2 años de antigüedad
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De 2 a 5 años de antigüedad
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Más de 5 años de antigüedad
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La importancia de la seguridad del vehículo es tal que la Organización Mundial de la Salud, en el Decenio para la Seguridad Vial 2011-2020 establece la Seguridad en los vehículos, como uno de los cinco pilares básicos para reducir los fallecidos y heridos en accidentes de tráfico.